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24 Entonces la congregación juzgará entre el heridor y el pariente del muerto conforme á estas leyes:

25 Y la congregación librará al homicida de mano del pariente del muerto, y la congregación lo hará volver á su ciudad de acogimiento, á la cual se había acogido; y morará en ella hasta que muera el gran sacerdote, el cual fué ungido con el aceite santo.

26 Y si el homicida saliere fuera del término de su ciudad de refugio, á la cual se acogió,

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